Un proyecto elaborado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propone otorgar un «amparo liso y llano» a Laura Morán y Alejandra Cuevas, señaladas por el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, del presunto homicidio de su hermano Federico; además, sugiere la inmediata libertad de Alejandra.
De acuerdo con los proyectos de los amparos en revisión 540 y 541 del año 2021, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, esta resolución parte de que en ambos casos existieron una serie de “vicios formales” por parte de las autoridades, por lo que es procedente considerarlas como inocentes en la materia penal de sus casos.
Según la denuncia presentada por Alejandro Gertz Manero, tanto Laura como Alejandra fueron negligentes en el cuidado de su hermano Federico Gertz, acontecida en el año 2014, cuando “les correspondía desempeñarlo con toda diligencia para evitar su muerte” en sus calidades de concubina de Federico y su hija, respectivamente.
Sin embargo, el proyecto destaca que en el caso de Alejandra se utilizó una figura inexistente en la legislación penal, la de garante accesoria, misma que fue utilizada para detenerla y recluirla desde hace más de 500 días en Santa Martha Acatitla.
“De acuerdo con la Constitución, no hay delito sin ley. Por tanto, el proyecto afirma que la existencia de la figura basta para eliminar cualquier responsabilidad de la señora A en la muerte del señor F, una persona de edad avanzada y con distintos padecimientos de salud”, se lee en un comunicado de la Corte.
Por su parte, en el caso de la señora Laura Morán, el proyecto identifica que el deber de cuidado que se le impuso excede el límite razonable, por lo que “no es posible esperar que una mujer sin conocimientos especializados y en franca situación de vulnerabilidad -pues tenía 88 años- se condujera como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma”, concluye el proyecto.
Por lo tanto, se propone de igual forma no responsabilizar a Laura por un presunto homicidio de su pareja sentimental que compartió su vida con ella por más de 50 años, misma muerte “que no podía evitar».
En un último orden de ideas, la Corte informó que el proyecto propone abandonar un criterio vigente desde hace diez años, que imponían limitaciones a lo que las personas inculpadas podían hacer cuando se les habían concedido un amparo. Tradicionalmente, las personas inculpadas solo podían defender “lo que ya habían logrado” pero no podían discutir lo que no habían logrado.
“Este es el momento de acogerse a una nueva concepción de los recursos para que […] sean sencillos, accesibles y efectivos. Por tanto, debe darse oportunidad a las personas inculpadas de perseguir una solución completa a un problema que atraviesa su libertad personal cuando han recibido un amparo basado en vicios formales y el ministerio público o la víctima han combatido esta resolución”, refiere el proyecto.
Hace unas semanas, cuando se discutió en primera instancia estos amparos, cinco ministras y ministros adelantaron su voto a favor de ordenar la inmediata liberación de Alejandra. Ahora, será el próximo lunes 28 de marzo cuando el Pleno se vuelva a reunir para resolver ambos asuntos.