Invasiones, a Partir de 2009, Deben ser Juzgadas Histórica y Penalmente

Crímenes de Guerra

*Ares, con los Griegos y Huitzilopochtli

con los Aztecas, Deidades Guerreras

*Las Violaciones Legales que Llevan

a quien las Cometa a ser Juzgados

Por Ezequiel Gaytán

Usualmente los editorialistas recurrimos a la argumentación expositiva y plasmamos nuestros puntos de vista con valoraciones acerca de hechos políticos, económicos, sociales y administrativos de la vida pública de un país o un suceso internacional. De ahí que no somos juzgadores ni justicieros, simplemente somos plumas críticas que a los ojos del lector pueden abstenerse, detenerse cuando quiera o concluir la lectura. A partir de ahí los amables leyentes elaboran sus propias conjeturas y conclusiones. Pero en esta ocasión mi artículo es un intento de divulgación acerca del tema de la guerra y los crímenes de guerra.

Que no haya lugar a dudas, no soy un apologista de la guerra, ni creo en ella como fórmula univoca en la resolución de los conflictos. Sin embargo, desde la antigüedad está presente en prácticamente todas las civilizaciones. Incluso los griegos tenían a Ares, Dios de la guerra a quien respetaban, temían y, en su caso, marginaban. Por su parte, los aztecas tenían a la misma deidad con el nombre de Huitzilopochtli. El diccionario de la lengua española define a la guerra como desavenencia y rompimiento de la paz entre dos o más potencias // 2. Lucha armada entre dos o más naciones o bandos de la misma nación. 

Existen, al menos, nueve tipos de guerra. A saber: las de conquista, las de liberación, las religiosas, las étnicas, las civiles, las ideológicas, las psicológicas, las económicas y las informáticas o ciber guerras. Incluso podría agregarse la décima que es la químico-bilógica. Pero esta última es más un medio que se utiliza en algunos tipos de conflicto. De lo anterior podemos concluir que las guerras se explican y en algunos casos como es el caso de las de liberación se justifican. Pero son pocos los casos; por ejemplo, nuestra lucha de independencia.

En la medida en que la ciencia y la tecnología se fueron desarrollando, la brutalidad de las guerras se fue masificando. De ahí que después de la segunda guerra mundial algunas naciones decidieron acotar los estragos de los conflictos violentos y de ser posible, al final del trance, juzgar si hubo crímenes de guerra y sentenciar a los responsables.

Hoy existen leyes de la guerra recogidas por el Derecho Militar que acreditan la participación de una guerra, sus límites y las conductas de las fuerzas armadas, pues ya son acotadas por el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional Público. Lo cual obliga a considerar elementos tales como la declaración de guerra, le rendición militar, el tratamiento a los prisioneros de guerra, así como la prohibición de ciertas armas.  

Las legislaciones modernas en la materia tienen contemplada la figura de Crímenes de guerra y podemos encontrarlas en las tres Convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocoles adicionales que consisten en proteger a las personas que no participan en las hostilidades. Léase civiles, personal de servicios sanitarios, miembros de organizaciones humanitarias, heridos, enfermos, náufragos y prisioneros de guerra.

A partir del primer día de julio de 2009 la Corte Penal Internacional en la Haya ya puede perseguir a quienes considera cometieron presuntos crímenes de guerra, pues esa facultad se estableció mediante su instrumento constitutivo en el Estatuto de Roma de julio de 1998. Dicho documento señala en su artículo 8 cuales son los tres tipos de violaciones: a) a los Convenios de Ginebra; b) a las leyes de guerra vigentes nacionales e internacionales y, c) a las costumbres de la guerra aplicables. Lo cual se materializa en: a) el asesinato, malos tratos o la deportación a fin de obligar a realizar trabajos forzados a la población civil en los territorios ocupados; b) el asesinato o maltratos de los prisioneros de guerra o de náufragos; c) la toma y ejecución de rehenes; d) el pillaje de bienes públicos o privados; e) la destrucción sin motivo de ciudades y pueblos y, f) la devastación que no se justifique por la necesidad militar.

Con lo anterior termina mi esfuerzo de divulgación y estas líneas finales del espacio del que gozo las utilizo con el propósito de hacer notar que lo acontecido con las invasiones que cometa cualquier nación a partir de 2009 deben ser juzgada histórica y penalmente. La humanidad no puede seguir resolviendo sus conflictos mediante la amenaza y el uso de la fuerza. La cifra de soldados y civiles muertos en el siglo pasado supera la vergonzosa cifra de los 100 millones. Ya es tiempo de juzgar y en su caso sentenciar a quienes cometen crímenes de guerra. 

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