SCJN establece lineamientos sobre actas de nacimiento de infancias trans

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio al Congreso de Puebla un plazo de un año para que adecue el Código Civil de estado, con el fin de permitir a los mejores de edad modificar su acta de nacimiento conforme a su derecho a la identidad de género autopercibida.

Al votar los efectos que tendrá su determinación, aprobada la semana pasada, de reconocer los derechos de las infancias trans, el pleno de ministros dispuso que estas normas deben tener requisitos mínimos.

Entre ellos, que el trámite debe ser ágil, expedito y gratuito, que incluya rectificar su nombre y demás componentes de su identidad mediante la emisión de un acta de nacimiento nueva.

Este procedimiento debe ser acompañado por sus padres o tutores, o bien, a través de un representante legal, con la voluntad expresa de la persona menor de edad, y debe incluir la asistencia de la Procuraduría de los derechos de la infancia.

El trámite debe ser confidencial y, en caso de que haya oposición de los padres o tutores, de deberá establecer una vía alterna de conciliación.

La SCJN dejó abierta la posibilidad de que los legisladores poblanos decidan si este procedimiento debe ser meramente administrativo, o bien ante un juez civil.

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