La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 37/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, pues advirtió que personal médico del Hospital General Regional No. 12 (HGR-12) actuó con impericia y no consideró los datos clínicos ni de laboratorio evidentes de una púrpura trombocitopénica trombótica, con los que cursaba la víctima, por lo que no le dieron la continuidad e importancia para ser valorada y tratada en forma oportuna por un especialista en hematología y, en el supuesto de no contar con el servicio, referirla a otra unidad médica que sí contara con el recurso, lo que contribuyó al deterioro de su estado de salud y su posterior fallecimiento.
El 24 de abril de 2017, la persona acudió a la Unidad de Medicina Familiar No. 20 (UMF-20) del IMSS al sufrir de dolores de cabeza frecuentes y cólicos abdominales, por lo que se le prescribieron medicamentos. Sin embargo, al empeorar su salud, fue referida al HGR-12 donde personal médico indicó que no contaba con equipamiento para realizar el tratamiento, por lo que ameritaba traslado a la Unidad Médica de Alta Especialidad en esa ciudad, falleciendo días después.
Esta Comisión Nacional solicitó al director general del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se brinde la reparación integral por los daños causados a quien por derecho corresponda, que incluya una compensación justa y suficiente con motivo de la inadecuada atención médica que derivó en el deceso de la víctima. Asimismo, solicita que se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; se le otorgue la atención médica, psicológica y tanatológica que requiera, por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas, así como proveer los medicamentos convenientes a su situación.
Además, pide que se colabore ampliamente con la autoridad investigadora en el trámite y seguimiento de la queja que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS. Que se diseñe e imparta un curso integral en materia de derechos humanos a todo el personal médico del HGR-12 que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de la Norma Oficial Mexicana Del Expediente Clínico y las Guías de Práctica Clínica citadas en la Recomendación.
Finalmente, solicita que se emita una circular dirigida al personal de las unidades médicas del IMSS en Yucatán, enfatizando su difusión en el HGR-12, que contenga las medidas adecuadas de prevención y supervisión, a fin de garantizar que se agoten las instancias pertinentes, con la finalidad de satisfacer los tratamientos médicos, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.