Miguel Tirado Rasso
A trompicones, pero el proceso para la revocación de mandato, va. Y es que, si algún derecho, consagrado en el texto de nuestra Constitución, ha encontrado dificultades para definirlo, explicarlo, aterrizarlo y ponerlo al alcance del ejercicio ciudadano, ha sido el de la revocación de mandato. Un “instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”, como lo define la ley reglamentaria de la fracción lX del artículo 35 Constitucional (Art. 5, Ley Federal de Revocación de Mandato).
Este ejercicio de participación democrática, contenido en nuestra Constitución, en el capítulo de los Derechos de la Ciudadanía (Art 35), no tendría porqué causar confusión, si nos atuviéramos a lo que dice la letra de la ley. Un derecho de los gobernados a quitar del cargo al titular del Ejecutivo, cuando se le pierde la confianza. Así de claro y simple. Pero el problema surge cuando se pretende aplicar este instrumento con una intención distinta a su propósito original.
Aprobada la reforma constitucional que incluía este ejercicio en la Carta Magna, Morena y sus aliados encontraron dificultad para pasar una ley reglamentaria a modo a sus intereses, pues, habiendo perdido la mayoría calificada en la Cámara de Diputados, tuvieron que negociar un texto con las oposiciones para lograr la aprobación de la nueva ley. Una redacción que no se adaptó a las necesidades de la 4T, cuya pretensión era usar este ejercicio de participación ciudadana para ratificar el respaldo popular al presidente de la República. Nada que ver con una revocación que, en realidad, nadie había planteado y que, de acuerdo a las encuestas publicadas a lo largo de estos tres años de gobierno, estaría destinada al fracaso ante la popularidad del primer mandatario.
Como en el texto de la ley no hay ninguna mención a la ratificación, Morena encontró, en la formulación de la pregunta a la ciudadanía, un resquicio para torcer la intención original del derecho de revocación, al incluir, también, la posibilidad de ratificación. Esto convirtió al ejercicio en una consulta de opción múltiple: a favor de la revocación o a favor de la ratificación. Además, derivado de una publicidad confusa, promovida por Morena y organizaciones a fines a este partido, como la denominada “Que siga la democracia”, principal recolectora de firmas, la invitación a suscribir la solicitud se enfocó por el lado de la ratificación, “¡Firma para hacer realidad la ratificación de mandato!”, se leía en un módulo de recolección de firmas en la CDMX. A partir de esto, se creó la confusión y, más que un derecho, la participación a esta consulta se ha manejado como un deber ciudadano.
La controversia sobre la redacción de la pregunta llegó hasta la SCJN, en la que, la ponencia del ministro Jorge Pardo, proponía retirar el fragmento que implicaba la posibilidad de ratificación (“…o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su período”). Con una votación de 7 ministros a favor de la ponencia y 4 en contra, no se logró modificar el texto (se requería de una mayoría calificada, 8 votos, para eliminar el párrafo), por lo que la pregunta quedó confusa y sin modificaciones, pero a modo de la 4T, con este texto: ¿estás de acuerdo en que al presidente se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia hasta que termine su período?
Un bache con el que se topó este proceso, fue la falta de presupuesto para llevarlo a cabo. Tras un tira y afloja entre el INE, la Cámara de Diputados y el Gobierno, el tema se elevó hasta la máxima instancia judicial que resolvió que la revocación se lleve a cabo con los recursos con que cuente el INE, sin que haya consecuencias penales o administrativas para los consejeros por no cumplir la ley de la materia. Un alivio para el INE, cuyos consejeros habían sido denunciados ante la Fiscalía General de la República por el presidente de la Cámara de Diputados, acusándolos de la probable comisión de delitos de coalición de servidores públicos y abuso de autoridad. Un despropósito y un exceso, que el propio jefe del Ejecutivo descalificara, y que evidencia el ánimo de golpeteo político hacia la autoridad electoral, enemigo favorito de Morena.
El proceso se realizará el 10 de abril y, desde la publicación de la convocatoria, el pasado viernes 11, hasta el día de la votación, hay veda de difusión de la propaganda gubernamental. Así quedó consignado en la ley que aprobaron las bancadas de los partidos políticos en el Congreso, pero que ahora ha servido para nuevos ataques y críticas al INE, quien sólo está aplicando lo que mandata esta ley.
La veda y la prohibición a los partidos políticos de difundir y promover este ejercicio, como lo ordenó la Corte, no agrada a Morena. Saben que la revocación no es una demanda ciudadana y, por ese lado, la asistencia será escaza; pero les interesa que haya una gran votación por la ratificación, así que organizarán movilizaciones igual que lo hicieron para alcanzar el número de firmas para el proceso requerido por la ley.
Triste estreno del derecho ciudadano para una revocación no demandada, tergiversado en una muy promovida ratificación.