PAN busca acción de inconstitucionalidad contra impuesto a plataformas digitales

El PAN en el Congreso de la Ciudad de México anunció que busca interponer una acción de inconstitucionalidad en contra de los nuevos impuestos aprobado en el Código Fiscal, principalmente, aquel relacionado con el cobro del 2 por ciento a las aplicaciones electrónicas por servicios de entrega a domicilio.

Los legisladores explicaron que para lograr esta acción jurídica requieren de 22 firmas de sus homólogos, y expresaron que ellos como grupo parlamentario juntan 17, por lo que llamaron al PRD y PRI a apoyar esta causa.

“Pero necesitamos de 5 más de la oposición, para que nuestro escrito de demanda de acción de inconstitucionalidad pueda ser presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, destacaron.

Los panistas, Christian Von Roehrich, Diego Garrido, Aníbal Cañez y Luisa Gutiérrez dejaron en claro que “tumbarán” este impuesto mediante acciones legales, pues tiene fines recaudatorios injustos

“Viola los principios básicos de todos los impuestos establecidos como el de proporcionalidad, el de no discriminación y el de equidad”, destacaron.

Reiteraron que pondrán a consideración de los empresarios y ciudadanos un formato de amparo para que, de forma particular, puedan acudir a los tribunales.

“A punta de amparos tumbar estos impuestos inconstitucionales, así, estaremos presentando dos vías para defensa jurídica de los ciudadanos, de los capitalinos”, dijo Garrido López.

De acuerdo a los legisladores, el impuesto es inconstitucional porque desnaturaliza la figura de los aprovechamientos, pues habla de la utilización de la infraestructura de la Ciudad de México, sin embargo, no existen funciones de derecho público o explotación de bienes del dominio público que requieran su utilización y respalden la imposición. Además es violatorio del principio de proporcionalidad, pues la base es el cobro total por cada entrega -antes de impuestos- sin que ello represente una fuente de riqueza real para estas plataformas.

“Desconoce el modelo de negocio y que el ingreso recibido por estas empresas no atiende al cobro total al consumidor final”, precisaron.

Agregaron que en viola el principio de equidad al imponerles este aprovechamiento a empresas y conductores que funcionan a través de herramientas digitales y no a otro tipo de empresas convencionales de servicios de mensajería o entrega, que prestan exactamente el mismo.

Finalmente dijeron que el efecto disuasorio que tiene este aprovechamiento sobre una de las actividades económicas más importantes para la crisis derivada de la pandemia por COVID-19 -uno de los mecanismos que ayudaron a seguir las medidas de aislamiento y en el que los capitalinos encontraron una alternativa para generar ingresos y subsistir- restringe de manera injustificada el libre ejercicio del comercio.

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