Norma Lucía Piña, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio entrada el lunes por la noche la impugnación en contra del padrón de celulares.
Dicha impugnación contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), fue solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
“Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, destacó.
El IFT presentó el pasado 26 de mayo presentó un recurso constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en padrón de celulares, que recopilará los datos biométricos de las personas.
En un comunicado, el IFT informó en su momento que “no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto”.
Además, señaló que la totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, “están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”.
El IFT dijo que el ordenamiento legal “contraviene su autonomía presupuestal”, que consiste en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.
Aunque la nueva legislación contempla que el IFT debe emitir el reglamento del padrón, el órgano argumentó “que no podría destinar en este momento recursos al PANAUT” porque el presupuesto aprobado por el Congreso para 2021 “no contempla recursos para poner en marcha dicho registro”.
La reforma causa polémica porque los concesionarios y el Gobierno dejarán sin servicio a quienes no proporcionen sus datos biométricos en un plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para nuevas líneas.