Gobierno suaviza reforma de actuación de agentes extranjeros en México

El gobierno mexicano suavizó una reciente reforma a la ley que regula la actuación de los agentes extranjeros en el territorio y este viernes extra en vigor los lineamientos.

De acuerdo a los nuevos lineamientos, se busca garantizar la confidencialidad de su trabajo y los agentes extranjeros deberán estar acreditados como funcionarios consulares ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) previo acuerdo con las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, y de Marina.

El documento publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que para mantener la adecuada conducción de la política exterior de México, la Cancillería suscribirá un acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR) para establecer mecanismos de intercambio, así como de parámetros para mantener la confidencialidad y reserva de la información compartida por agentes extranjeros y por sus embajadas.

El 18 de diciembre pasado fue publicado el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, en el Diario Oficial de la Federación, donde se considera indispensable regular, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, la actuación de todo servidor público adscrito a cualquiera de los tres niveles de gobierno y a los órganos constitucionales autónomos, que eventualmente se relacione con Agentes Extranjeros que actúen en territorio mexicano.

Refiere que el Consejo de Seguridad Nacional, tiene facultad para establecer lineamientos que prevean normas, parámetros y obligaciones a las cuales debe apegarse todo servidor público que tenga relación con Agentes Extranjeros.

Es así que todas las embajadas y misiones extranjeras deberán informar sobre hechos que podrían tener un impacto significativo en la vida del país, que representen una amenaza a la seguridad nacional o que se refieran a presuntas conductas delictivas de servidores públicos o ex servidores públicos mexicanos involucrados en materia de seguridad.

El texto agrega que todo servidor público, deberán informar por escrito a las secretarías de Relaciones Exteriores, y de Seguridad y Protección Ciudadana, en las direcciones de correo electrónico establecidas para el efecto, dentro de los tres días hábiles siguientes en que celebren cualquier reunión, intercambio de información, llamadas telefónicas o comunicaciones que sostengan con los agentes extranjeros acreditados en México, en otros países o en su país de origen.

Los nuevos lineamientos son resultado de las reformas a la Ley de Seguridad Nacional que aprobó el Congreso de la Unión en diciembre pasado, donde se detalla que cada mes, la SRE y la SSPC recibirán un informe mensual por parte de las embajadas extranjeras acreditadas en México, relativo a los acuerdos de cooperación bilateral en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional.

El artículo segundo transitorio de los lineamientos establece que, para el caso particular de los Estados Unidos, en virtud de que no se contrapone con los presentes lineamientos, se reconoce la vigencia del memorándum de entendimiento sobre procedimientos de cooperación en materia de actividades de procuración de justicia que firmaron ambos países en Mérida, Yucatán, el 15 de febrero de 1999.

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