El presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó por decreto recortar los días de aguinaldo que le corresponden por ley a los servidores públicos.
El presidente publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, en el cual se suscriben cambios al aguinaldo a que se tiene derecho, considerando las medidas de austeridad ante la pandemia de COVID-19.
En el decreto el presidente López Obrador plasmó su “renuncia” al aguinaldo, a fin de ser coincidente con las medidas de austeridad que ha impulsado su gobierno en la Administración Pública Federal, con el propósito de reorientar recursos para enfrentar la pandemia.
El Artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional dispone que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por esa Ley, tienen derecho a un aguinaldo anual que será equivalente a 40 días de salario, cuando menos, sin deducción alguna, y que se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero.
Sin embargo, el decreto publicado este jueves ordena recortar de 40 a 20 días de salario el monto del aguinaldo para el personal de nivel de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como al personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentra en funciones en territorio nacional.
En este grupo de servidores públicos se incluyen los puestos que van de enlace hasta nivel de presidente, pasando por jefe de departamento, director, subdirector, adjunto, jefe de unidad, director general, subsecretario y secretario de Estado y presidentes de organismos.
En el caso del personal de confianza del Gobierno, del personal del Servicio Exterior Mexicano y de Personal Militar Activo, se agregó la palabra “hasta” como criterio limitante para pagar el aguinaldo, es decir, el año pasado el aguinaldo a ese personal era de “40 días de salario” tal cual lo marca la Ley, pero este año será de “hasta 40 días” de salario, por lo que podrían recibir menos días de aguinaldo o incluso nada si restituyen su aguinaldo a la Tesorería.
Para el personal por honorarios, si bien ellos no tienen el derecho al aguinaldo por no tener estabilidad en el empleo, el decreto del año pasado sí consideró el pago de aguinaldo hasta por 40 días de salario, pero este año el aguinaldo que recibirán será en función del aguinaldo que se otorgue al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente a su puesto.
Los servidores públicos de base, es decir, aquellos sindicalizados afiliados principalmente a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, son los únicos a quienes se les respetarán sus 40 días de aguinaldo en los términos de la Ley.