El Respeto a la Laicidad del Estado

A la Vuelta de la Esquina

*Se Trata de Favorecer la Convivencia Armoniosa

*Es la Necesidad de Respetar la Pluralidad de Convicciones

*Obligación de Favorecer, la Deliberación Democrática y Pacífica

*Un Acatamiento de la Autonomía de las Religiones

Por Iván Ruiz Flores

No cabe duda que el INE está haciendo su trabajo, aunque le llueva desde todos los rincones de Palacio Nacional y de Morena.

Con la cancelación del spot del presidente López Obrador en el cual utilizaba al Papa Francisco, así como citas eclesiásticas como propaganda electoral, los ciudadanos pudimos probar que la institución cumple y cumplirá su cometido en cuanto al respeto a las normas.

También debería haber sido motivo de elogio el hecho de que el INE cancelara la proyección de “Las Mañaneras” en las entidades donde se efectuarán elecciones el próximo 18 de octubre: Hidalgo y Coahuila. En el primero se elegirán ayuntamientos y en el segundo diputados locales. Así debió ser, para ser parejos con los demás partidos, pero el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no lo consideró así y… se pagarán las consecuencias.

Si no fuera el Presidente de la República quien lanzó los spots de todos modos habría quejas, pero en este caso es, además, el mismo personaje que llevó al triunfo al Movimiento de Regeneración Nacional y que hoy la hace de periodista y de todólogo para promover lo que a él y su partido conviene y censurar e insultar a sus adversarios.

Efectivamente, son tiempos distintos a los electorales de otros años, pero también es verdad que en el pasado la institución (como INE o antes como IFE) bajó spots de presidentes de la República de anteriores sexenios y que en otros años no existía una pandemia en marcha.

La pregunta es ¿en aras de la crisis actual el gobierno puede violar las normas electorales y la Constitución?

La respuesta es no y ya la proporcionó el INE.

En este caso la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, por unanimidad votó a favor de las medidas cautelares solicitadas por el PAN y el PRD al denunciar que el presidente en su mensaje utilizaba “símbolos y expresiones religiosas”.

Ello señaló Acción Nacional era violatorio de los artículos 24 y 130 de la Constitución.

Dice el Instituto de Investigaciones Jurídicas, de la UNAM, sobre “La Separación Iglesia, Estado en México”:

El principio histórico de la separación del Estado y la Iglesia previsto en los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el resultado de los hechos históricos acontecidos durante el siglo XIX entre liberales y conservadores y el movimiento cristero de 1926-1929 durante los cuales la Iglesia y el Estado Mexicano tuvieron profundas diferencias de índole ideológica y política que les llevaron a enfrentarse y recurrir a las armas”.

Remata al señalar: “…el objeto del Estado laico es permitir la convivencia respetuosa y pacífica dentro de una misma organización política, de diferentes grupos religiosos. Así el Estado laico sin libertad religiosa implicaría una contradicción y una contravención a los derechos fundamentales de las personas”.

Además, como precisaron en 2008 los diputados de los partidos PRD, PRI, PT, Convergencia, Nueva Alianza y Alternativa Social al reformar los artículos 40 y 130 de la Constitución y elevar a rango constitucional el carácter laico del Estado mexicano:

“La existencia del Estado laico es, por lo demás, una exigencia de las sociedades modernas y democráticas. Hay una creciente diversidad religiosa y moral en el seno de las sociedades actuales y los Estados tienen ante sí desafíos cotidianos para favorecer la convivencia armoniosa, además de la necesidad de respetar la pluralidad de las convicciones religiosas, ateas, agnósticas, filosóficas, así como la obligación de favorecer, por diversos medios, la deliberación democrática y pacífica. El Estado democrático tiene igualmente la obligación de velar por el equilibrio entre los principios esenciales que favorecen el respeto de la diversidad y la integración de todos los ciudadanos a la esfera pública.

“La laicidad del Estado, en ese sentido, significa y supone mucho más que la separación del Estado y las iglesias. Implica el reconocimiento de que todos los seres humanos tienen derecho al respeto de su libertad de conciencia y consecuentemente de su práctica individual y colectiva. Este respeto implica la libertad de adherirse a una religión o a convicciones filosóficas, el reconocimiento de la autonomía de la conciencia individual, de la libertad personal de los seres humanos y su libre elección en materia de religión y de convicción. Significa igualmente el respeto por parte del Estado, dentro de los límites de un orden público democrático y del respeto de los derechos fundamentales, a la autonomía de las religiones y de las convicciones filosóficas. La laicidad, así concebida, constituye un elemento clave de la vida democrática. Impregna inevitablemente lo político y lo jurídico, acompañando de esa manera el avance de la democracia, el reconocimiento de los derechos fundamentales y la aceptación social y política del pluralismo”.

Por lo tanto, todos debemos respetar la Constitución y de ello no están exentos el presidente de la República y su grupo político.

 

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