El Banco de México (Banxico) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tres circulares que forman parte de las 10 reglas de operación para que las instituciones financieras puedan acceder a recursos frente al COVID-19.
Dichos recursos les permitirán tener liquidez y fondear, principalmente, a pequeñas y medianas empresas que necesiten recursos tras la crisis sanitaria por el coronavirus.
En dichas circulares señala las reglas que deben cumplir las instituciones financieras para acceder a las facilidades de los puntos cuatro, cinco y seis de los 10 que dio a conocer en abril.
La inyección de recursos es por un monto de hasta por 750 mil millones de pesos, que al sumarse a lo ya implementado, el total es equivalente al 3.3 por ciento del PIB de 2019.
Las circulares están dirigidas a las instituciones de banca múltiple y banca de desarrollo.
La Circular 16/2020 es relativa a la facilidad temporal de operaciones de préstamo de valores con el Banxico.
La Circular 17/2020 habla sobre las reglas aplicables a operaciones de reporte de valores gubernamentales con la institución para cubrir necesidades de liquidez.
En la Circular 18/2020 se establecen las reglas aplicables a operaciones de reporte de títulos corporativos con el Banco de México para cubrir necesidades de liquidez.
Banxico informó que faltan solo por publicar los puntos siete y ocho, que corresponden a la liberación de recursos asociados al Depósito de Regulación Monetaria (DRM).
La octava medida es la de facilidad de financiamiento a instituciones de banca múltiple garantizada con créditos a corporativos, para el financiamiento de la micro, pequeña y mediana empresa.