La SCJN será la que resuelva en definitiva las controversias que le sean planteadas: INE

*El INE reconoce que, ante la existencia de un diferendo entre dos órganos del Estado, la Cámara de Diputados acuda también ante la Suprema Corte, para que resuelva las diferencias entre el Legislativo y un órgano constitucional autónomo

El Instituto Nacional Electoral (INE) tuvo conocimiento, a través de la Gaceta Parlamentaria de este pasado martes, que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados dio a conocer un proyecto de demanda de controversia constitucional, que será sometido a votación del pleno, por la supuesta afectación a facultades exclusivas del Congreso en materia presupuestal. Al respecto, el Instituto expresa las siguientes consideraciones.

  1. El INE presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en los meses de enero de 2019 y 2020, respectivamente, dos demandas de controversia para impugnar los presupuestos de Egresos de la Federación correspondientes a esos ejercicios fiscales, por vulneraciones a la autonomía del Instituto, vinculadas con los significativos recortes a lo aprobado por su Consejo General, lo cual, en ambos casos, se proyectó en el marco de austeridad, eficiencia y economía, así como a la potestad constitucional de la institución para fijar los salarios a sus trabajadores, con base en sus condiciones generales de trabajo.
  2. La presentación por parte del Legislativo de esta nueva demanda contribuirá a clarificar el litigio planteado ante la Corte, quien, como máxima autoridad jurisdiccional, resolverá en última instancia las controversias que se le han planteado.
  3. La propia Corte ya declaró inconstitucionales algunas porciones normativas de la Ley de Remuneraciones, por estimar que permiten el establecimiento discrecional de remuneraciones y ordenó al Congreso de la Unión legislar sobre las partes de los artículos 6º y 7º que fueron invalidadas, para que existan criterios y bases para que los órganos del Estado puedan fijar dichas retribuciones. El órgano Legislativo no ha subsanado esa omisión.
  4. Al existir un diferendo constitucional entre dos órganos del Estado mexicano, es la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que debe resolver. Desde luego, el Instituto acatará el sentido de la sentencia que emita la SCJN.
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