Jimena, de 16 años de edad y Rodrigo, de 21, buscaron contraer matrimonio en Morelos, pero una jueza desechó su petición bajo el argumento de que el Código Familiar de la entidad prohíbe la unión porque la joven es menor de edad y el impedimento no podía ser dispensado por la autoridad judicial.
Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le negó un amparo a la adolescente y confirmó la prohibición para que menores de edad puedan casarse.
La pareja promovió un juicio de amparo señalando que impedir que un menor de edad contraiga matrimonio antes de los 18 años es discriminatorio y atenta contra el libre desarrollo de la personalidad.
Un juez concedió el amparo a Jimena, pero condicionó a que la juzgadora en materia familiar a que verificara que no se trataba de un matrimonio forzoso que pusiera en peligro la integridad física o sexual de la joven o que vulnerara su interés superior, y de no haber impedimento legal, le concediera la dispensa.
Debido a que en el amparo se señaló también la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece los 18 años como edad mínima para casarse, las cámaras de Senadores y de Diputados promovieron un recurso de revisión en contra de esa sentencia y el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena elaboró el proyecto de sentencia que contemplaba negar el amparo a Jimena y que hoy fue aprobado por unanimidad.
“Esta Primera Sala considera que la medida establecida por el legislador ordinario morelense cumple con una finalidad válida desde el punto de vista constitucional, consistente en proteger a niños, niñas y adolescentes de una práctica que ha sido considerada nociva para ese sector de la sociedad tanto en el ámbito nacional como internacional, lo cual tiene también se apoya en el derecho al interés superior de la niñez, de corte constitucional y convencional”, indica el proyecto de sentencia.