El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) y su contraparte en los estados consideran que se debe aplicar prisión preventiva a los políticos que hayan cometido delitos relacionados con corrupción.
José Octavio López Presa, presidente del SNA, informó que se sostienen reuniones con la titular de la Secretaría de la Función Pública, con la Fiscalía Anticorrupción y con la Unidad de Inteligencia Financiera, para contar con un marco de mayor comunicación entre el SNA y las representaciones en los 32 estados del país, compartiendo información para hacer más efectivo el combate a los ilícitos cometidos, tanto por funcionarios públicos, como particulares.
El 15 de enero pasado, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó con 19 votos a favor, tres en contra y cuatro abstenciones, modificar el dictamen de la minuta que reforma el Artículo 19 de la Constitución Política para incorporar al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, entre los que se encuentra la corrupción, tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
Se busca atender de manera eficaz la problemática de impunidad e inseguridad en nuestro país, situación que ha generado millones de víctimas ante los delitos de corrupción”, indica el párrafo siete de la citada minuta.
El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) comenzó a operar el 19 de julio de 2016, surgió para crear instituciones autónomas enfocadas a combatir y castigar la corrupción mediante la colaboración estrecha entre ciudadanos y titulares de entes públicos.
La intervención de los ciudadanos en este nuevo esquema implica la integración de un Comité de Participación Ciudadana formado por cinco personas, que es elegido por una comisión de nueve ciudadanos, que a su vez fueron designados por los congresos.
Quien encabece el Comité de Participación Ciudadana es quien ocupa la presidencia del Sistema Nacional Anticorrupción, integrado por los titulares de la Secretaría de la Función Pública, de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, el responsable de la Auditoría Superior de la Federación, el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y un representante de la Judicatura Federal.
Este mismo esquema se replica en los 32 estados del país, con los titulares de las dependencias correspondientes, conformándose como Sistema Estatal Anticorrupción, que también es presidido por un ciudadano del Comité de Participación Ciudadana (CPC).
El 27 de mayo de 2015 fue publicada la reforma constitucional para crear el SNA, que obligó a emitir, reformar y abrogar los ordenamientos jurídicos con que se operaba para darle cabida a la Fiscalía Anticorrupción y al Comité de Participación Ciudadana.
Hubo reformas a siete leyes, entre las cuales están la General de Transparencia y Acceso a la Información, la de Protección de Datos Personales; también se crearon legislaciones secundarias como las leyes General del Sistema Nacional Anticorrupción, la de Responsabilidades Administrativas, la Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Al aprobar esas leyes se procedió a reformar la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, el Código Penal Federal y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.