El Juzgado Decimotercero de Distrito de Amparo en materia Penal, le negó la suspensión provisional a Emilio Lozoya Austin en contra del aseguramiento del inmueble ubicado en la calle Ladera número 20, interior 11, colonia Lomas de Bezares, alcaldía Miguel Hidalgo, así como del menaje que se encuentra en el interior de este.
Dicha propiedad fue asegurada el pasado 28 de mayo por la Fiscalía General de la República (FGR) como parte de la carpeta FED/SEIDF/UNAI-CDMX/000289/2019 que inició la Unidad Especializada de Investigación en Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia.
El juez Jesús Alberto Chávez justificó su resolución al argumentar que el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) no logró acreditar que dicho acto de la autoridad le causa un agravio.En el acuerdo publicado este martes, el impartidor de justicia justificó su resolución al argumentar que el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) no logró acreditar que dicho acto de la autoridad le causa un agravio.
“Ahora, toda vez que la parte quejosa solicita la medida cautelar para el efecto de que se le devuelvan los bienes (inmueble y menaje) que refiere fueron asegurados, se niega la suspensión provisional, pues no acredita ni aun indiciariamente su interés suspensional, ya que si bien señala que dichos bienes son de su propiedad, lo cierto es que esa circunstancia por sí sola es insuficiente para poner de manifiesto que sean suyos, o bien, que pudiera disponer de los mismos, por lo que al no acreditarse en forma indiciaria lo anterior, procede negarle la medida cautelar que solicita”.
Asimismo, el juez Chávez Hernández le negó la suspensión a Lozoya Austin para que le sean devueltas sus cuentas bancarias, al considerar que este tema no forma parte de la litis.
El juzgador fijó como fecha para la audiencia constitucional el 5 de agosto y pidió a las autoridades rindan el informe justificado del aseguramiento en un plazo de 15 días, contados a partir de que sea notificada, en caso de no entregarlo, se presumirán ciertos los actos reclamados, y se le aplicara a la FGR una multa equivalente a cien veces la Unidad de Medida y actualización.