El Pleno del Congreso local aprobó reformas al artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos por el que se establecen diversas prohibiciones para reducir el uso de materiales plásticos, a partir del 2021.
La medida tiene el propósito de disminuir los daños al medio ambiente.
Entre los objetos que ya no podrán usarse en el futuro están: bolsas, globos, cápsulas de café, charolas para transportar alimentos e incluso aplicadores de tampones.
De acuerdo con las modicaciones aprobadas por los diputados del Congreso de la Ciudad de México , a partir de 2020 se prohíbe la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son compostables.
También se prohíbe la comercialización, distribución, entrega de tenedores, cuchillos, cucharas, palillos, mezcladores, platos, popotes, bastoncillos de hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos, aplicadores de tampones fabricados total o parcialmente de plásticos, diseñados para su desecho después de un sólo uso, excepto lo que sean compostables.
La nueva ley contempla sanciones por incumplimiento a la prohibición de entregar bolsas de plástico no biodegradables y ascenderá a una multa de entre 500 a 2 mil veces la Unidad de Cuenta; es decir, de 40 mil 300 a 161 mil 200 pesos.
Estudios de Greenpeace México revelan que una persona utiliza 650 bolsas de plástico al año con una vida útil de sólo 12 minutos, lo que genera 12 mil 816 toneladas de residuos sólidos urbanos en la Ciudad de México.