Por Verónica V. González y Arnoldo Piñón
La iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo propuesta por Morena, parece una nueva camisa de contención para los sindicatos, al exigirles que los informes semestrales del manejo del patrimonio y su destino, deberán entregarlo a cada trabajador con constancia, y en los emplazamientos a huelga, por firma de contrato colectivos tendrán que acreditar que cuentan con la representación de los trabajadores.
Incluso, mantiene controles como el registro del que se encargará un naciente Centro Nacional de Conciliación y Registro Laboral, al tiempo que mantiene los requisitos que los sindicatos deben llenar, como la lista -en original y copia- con el número, nombres y domicilios de sus integrantes, tal y como lo establece el artículo 365.
Interesante por demás que un investigador considerado como progresista, Alfonso Bouzas, en un folleto editado por la Fundación Friedrich Ebert, “Reformas a la legislación laboral mexicana. Una contribución a la democracia”, en coautoría con Germán Reyes Gaytán, planteó, entre otras propuestas, la derogación de los artículos 365, 366, mientras en los casos del 367 y 368 se establezca que tengan un alcance administrativo sin otorgar facultades a las autoridades para limitar la conducta de los sindicatos.
Respecto a los primeros dos dispositivos, los autores plantearon: «que la toma de nota sea un mero acto administrativo». Es evidente que en la iniciativa del partido en el gobierno esa propuesta no fue tomada en cuenta.
Aún más, al artículo 360 que define las distintas clases de sindicatos, se le adicionará -de ser aprobada la reforma en los términos que se presentó- una fracción, aun cuando en un último párrafo se estableció: “La anterior clasificación tiene carácter enunciativo por lo que no será obstáculo para que los trabajadores se organicen en la forma que ellos decidan, en el entendido que el árbitro o radio de acción lo deciden los trabajadores”.
De ese artículo el doctor Bouzas y el maestro Reyes, en el libelo publicado por la fundación alemana, plantearon su derogación, a fin que fueran los trabajadores los que definieran el radio de acción de sus sindicatos, toda vez que “en la práctica” lo hacen las autoridades del trabajo “según el control que de ellos tengan”, de tal manera que sindicato que no se subordine se le niega el registro.
Y para concluir, ¿no es, el requisito de acreditar la representatividad de los trabajadores para emplazar por firma y revisión de los contratos colectivos una forma de sujetar a requisitos que en lugar de incentivar la sindicalización, terminará por desalentarla? Poner de acuerdo a una treintena de trabajadores parece una empresa casi imposible, lo que puede dificultarse si afloran temores en torno a la reacción de los empresarios.
Y así como se introdujo la representación por cuestión de género, ¿por qué no incluirlo también para las minorías, tal y como lo tienen sindicatos como los maestros y el STUNAM?
Lo anterior no es una cuestión menor, toda vez que la ley laboral habla de mayorías. Son cuestiones de fondo, las que desafortunadamente no fueron tomadas en cuenta, incluidos tema de singles, como el outsourcing, los contratos a prueba y el tope a las indemnizaciones en caso de despido injustificado.
PARA LA AGENDA
El rumor de la inminente renuncia de Luis Antonio Ramírez Pineda a la Dirección General del ISSSTE, generó inquietud en prácticamente todas las áreas de ese instituto: hubo quienes la atribuían al despido de empleados de confianza; otros a su supuesta incapacidad para introducir cambios sustantivos; y hasta quienes creyeron ver un distanciamiento entre el PRI y Morena, por aquello que el oaxaqueño tiene, al igual que su papá el ex gobernador -impulsor, por cierto, de la CNTE- militancia priista…