La Gobernadora Arrastra lo que Hizo Como Alcaldesa en 2019

 

*Parque Fotovoltaico, la Raíz de un

Conflicto Político-Financiero

*Denuncia de Mario Delgado Contra

de María Teresa Jiménez

*Juez de Control al Servicio de los

Fiscales Estatales

*Grave Precedente Para Ocultar a

Verdaderos Culpables

*Morales Lechuga y el su Excelente 

Artículo; es una Alerta 

 

POR JESÚS MICHEL NARVÁEZ

 

Todo comenzó con la pregunta:

¿Podrías ir a la cárcel por hacer exactamente lo que tu contrato dice que debes hacer?

Momento de reflexión:

En México en 2026, la respuesta es sí.

Tres ejecutivos bancarios están siendo procesados penalmente por administrar un fideicomiso… conforme a la ley. Un abogado fue encarcelado por promover un amparo que incomodó al poder. Un periodista fue imputado por terrorismo.

Es el inicio de la injusta justicia. Esa que hace a todos sospechosos de lavar dinero, malversar fondos, de ser parte de organizaciones criminales. Vigilancia permanente desde todos los ángulos y cientos de “científicos” observando en pantallas cómo camina el que lleva la maleta o aquella mujer con la elegante bolsa de 10 mil dólares.

El principio de inocencia ha sido sepultado por la minicorte de Injusticia de la nación al avalar el congelamiento de cuentas por “operaciones sospechosas”. Es una medida administrativa, no penal, dicen 6 de los integrantes del llamado “nuevo poder judicial”.

Los fiscales han encontrado el camino fácil, el de la manipulación, el de esconder delitos y solicitar órdenes de aprehensión por separado en contra de las mismas personas. Conscientes de que, por ejemplo, no avanzará la acusación X y que el juez de control considerará insuficientes las pruebas por lo cual dejará en libertad al “imputado”, se plantan en las afueras del tribunal y cuando el liberado supone que el aire es más puro, el cielo transparente y la justicia efectiva, lo aprehenden con nuevas órdenes y nuevas acusaciones.

En muchos de los casos, la estrategia de la fiscalía funciona y logra que el presunto delincuente quede tras las rejas bajo la figura de prisión preventiva justificada.

Un caso reciente y por su trascendencia, el doctor en derecho y exprocurador general de la República, Ignacio Morales Lechuga escribió un largo artículo en El Universal y cuyo texto autorizó a Misión Política publicarlo íntegro, lo que hacemos por separado no sin precisar que el análisis jurídico es profundamente apegado a derecho y se dirige hacia el mañana como el grave riesgo para los ciudadanos de México.

El artículo en cuestión es el proceso que se abrió en contra de Zulema Berenice Cortez Silva, Nabor Medina Garza y David Alejandro Rodríguez Jacobo, en el centro judicial de Aguascalientes, en donde el juez de control atendió con diligencia que justifica la “justicia expedita” la doble carpeta de investigación y decretó la prisión preventiva justificada sin aceptar las pruebas de la defensa que exhiben que los acusados no cometieron delito alguno y simplemente cumplieron con sus responsabilidades. Por el tamaño del escándalo que surge por tratarse de una acusación proveniente del Palacio de Gobierno, el tema ha escalado y han salido a luz pública otro tipo de acusaciones, como la de Mario Delgado en función de presidente de Morena y en el que el personaje central es nada menos que la gobernadora María Teresa Jiménez, quien antes de arribar al cargo fue alcaldesa de Aguascalientes, capital, y ahí nació el conflicto que hoy se ventila y que Morales Lechuga advierte: «Cuando la excepción se repite lo suficiente, deja de percibirse como tal y comienza a operar como regla.»

SIETE AÑOS

DESPUÉS

Informaciones que fueron enviadas a Misión Política relativas al caso, revelan que desde 2019 la hoy gobernadora firmó los convenios con Next Energy del Centro y poco después afloraron discrepancias.

En la actualidad, cuando se discute el proceso de tres empleados de la institución bancaria con la cual se creó el fideicomiso en cuestión, se omite el pasado de la mandataria, sus acuerdos y los manejos financieros, por que la fiscalía del estado solicitó que las audiencias fueran privadas y el juez concedió sin analizar la petición.

La información que llegó a nuestra mesa de trabajo, confirma que la Fiscalía pidió audiencia privada. Pidió que no se publicitara por cuestiones del «secreto bancario y secreto fiscal».

A partir de la orden del juez, los periodistas representantes de Monitor, Fórmula, LJA Medios y la reportera Monserrat Ontiveros, Independiente, fueron desalojados de la sala en donde se realizan las audiencias y la imposibilidad de retornar para estar presentes y escuchar, videograbar y grabar los posicionamientos de la Fiscalía y la Defensa.

Debido a ello, es imposible confirmar de manera oficial cómo se desarrollaron las audiencias y en qué elementos se basó el juez para determinar la prisión preventiva justificada.

Como se planteó en líneas arriba, la historia comenzó en 2019.

Esta es la información recabada:

En 2019, el Ayuntamiento de Aguascalientes, encabezado por Maria Teresa Jiménez (PAN) celebró un contrato de Asociación Público-Privado con la empresa Next Energy del Centro, mismo que se modificó mediante ampliación en 2020, así como un fideicomiso de pago con la Institución para garantizar el cumplimiento de obligaciones de pago del municipio de Aguascalientes al proveedor. 

El Fideicomiso se constituyó para el cumplimiento de obligaciones de pago del municipio de Aguascalientes, opera conforme a los fines estipulados por las partes y en los fines del Fideicomiso NO se encuentran llevar a cabo verificación de los avances del proyecto.

La Institución otorgó diversos créditos con base a las “Constancias de Reconocimiento de Inversión Pública Productiva” debidamente firmadas y avaladas por la actual Gobernadora de Aguascalientes Maria Teresa Jiménez, el Síndico, el Secretario de Ayuntamiento, el Secretario de Servicios Públicos, el Secretario de Finanzas y el proveedor, dichas Constancias establecen que son obligaciones válidas, cedibles, vinculantes y exigibles del Municipio.

En 2020 el Municipio y Next Energy decidieron renegociar del contrato y ampliar el mismo con una Etapa 2. 

En 2022 Morena, representada por su presidente Mario Delgado, presentó denuncia ante la FGR contra la actual Gobernadora Maria Teresa Jiménez, entre otros por delito de corrupción relacionado con el proyecto, a esta denuncia se integraron otras tres por diversos delitos en los subsecuentes años.

En 2023 el Municipio, encabezado por Leonardo Montañez, inició juicio por vía mercantil, obtuvo medidas cautelares para suspender los pagos, por la falta de interconexión del parque fotovoltaico construido y por la inexistencia de la segunda fase. Dentro del juicio mercantil las partes llegaron a un acuerdo para continuar con el proyecto, mismo que después desconocieron.

A finales de 2024, el Municipio interpuso denuncia de fraude contra el proveedor y quien resulte responsable y otros procesos penales, logrando privar de la libertad al principal accionista del proveedor, posteriormente han pretendido implicar a la Institución y a sus delegados fiduciarios.

Ante la cercanía de las próximas elecciones este tema tomó mayor relevancia para el actual alcalde y para la Gobernadora del Estado, Teresa Jiménez, ya que este proyecto inició cuando era alcaldesa y tiene agravantes personales.

El 2 de diciembre de 2025, un día antes de la entrada de la actual fiscal, la Fiscalía General de la República remitió la denuncia iniciada en 2022 contra la actual Gobernadora de Aguascalientes y sus funcionarios, a la Fiscalía del Estado de Aguascalientes.

La Institución se ha visto afectada por los diversos procesos interpuestos, a pesar de que como fiduciaria se ha desempeñado en cumplimiento de las leyes y a lo acordado entre las partes dentro del fideicomiso y de no tener obligación alguna de dar seguimiento al desarrollo del proyecto, ya que el fideicomiso sólo es un vehículo de pago y no tiene responsabilidad en la operación del proyecto. Por lo anterior, no se debe involucrar al fideicomiso en el pleito legal. 

Los posibles daños al erario público, las posibles responsabilidades administrativas, penales y de supervisión de servidores públicos y/o del proveedor están normadas por la ley respectiva, por ningún motivo son responsabilidad de la fiduciaria ni de la Institución, como lo establecen los documentos legales de la constitución del fideicomiso. Incluso en el pliego de observaciones de la ASF 2023 menciona posibles responsabilidades de servidores públicos y del proveedor.

Por todo anterior, la Institución y la fiduciaria deben estar aislada de las acciones penales entre las partes y se deben de eliminar todos los procesos penales en contra de la Institución y de sus funcionarios Zulema Berenice Cortez Silva, Nabor Medina Garza, David Alejandro Rodríguez Jacobo o cualquier otro funcionario de Banca Afirme o Banco de Inversión Afirme

A todo esto, la senadora de Morena, Nora Ruvalcaba Gómez, expresa: La FGE Aguascalientes Solamente Busca Castigar Chivos Expiatorios en el Caso Next Energy, Pero no a Quienes Realizaron el Contrato y se Beneficiaron con el Fraude del Parque Fotovoltaico.

 

Artículo de Ignacio Morales Lechuga

Derecho penal como arma política y la criminalización del trabajo digno

Por Ignacio Morales Lechuga

México se está acostumbrando a una forma particularmente corrosiva de degradación institucional: la conversión del derecho penal en arma, herramienta de presión, escarmiento y administración política. El fenómeno no necesita uniformes espectaculares, policías secretas ni decretos de excepción para producir daño, solo le basta una fiscalía dispuesta a forzar tipos penales, una opinión pública dispuesta a celebrar la humillación anticipada del señalado y un ecosistema político que obtiene rentabilidad inmediata de cada imputación ruidosa.

A finales de 2025, escribí en EL UNIVERSAL un artículo titulado donde contrasté que mientras la violencia criminal real suele enfrentar respuestas erráticas o indulgentes, el aparato punitivo se activa con ferocidad cuando el blanco resulta útil para disciplinar periodistas, críticos o actores incómodos.

En ese artículo me referí a casos como el de Rafael León Segovia periodista imputado por terrorismo, o bien el caso de Joel Marín García encarcelado bajo una acusación de lavado de dinero después de promover amparos contra una expropiación irregular, también el caso de la abogada tamaulipeca castigada con una multa millonaria por señalar una omisión procesal, entre otros.

La trampa conceptual de las fiscalías es siempre la misma: confunden imputar con probar, detener con condenar, investigar con tener razón. Desde esa ambigüedad se desmorona la arquitectura mínima del Estado de derecho.

Los artículos 14, 16 y 20 de la Constitución no son adornos retóricos del constitucionalismo mexicano; fijan límites concretos a la autoridad respecto de actos de molestia, debido proceso, legalidad de la privación de libertad y presunción de inocencia. En el mismo sentido, el artículo 8 de la Convención Americana exige que toda acusación penal se sustancie con debidas garantías y bajo la premisa de que la culpabilidad debe establecerse legalmente, no mediáticamente.

Cuando una fiscalía o cualquier autoridad investigadora opera como si la mera espectacularidad de la imputación pudiera suplir la carga de construir con rigor el hecho típico, antijurídico y culpable, el proceso deja de ser un instrumento de esclarecimiento y empieza a degradarse en un mecanismo de administración del terror.

La presunción de inocencia, conviene recordarlo, protege de manera procesal, probatoria y también extra procesal. Su lesión no comienza el día de la sentencia condenatoria injusta, sino que comienza mucho antes, cuando el poder público instala la idea de que toda persona señalada merece ya un castigo social, patrimonial o corporal antes del juicio.

Desde esa perspectiva, el episodio de Zulema Berenice Cortez Silva, delegada Fiduciaria de «Banco Afirme» en Aguascalientes merece atención nacional, justamente porque toca una zona delicada donde el discurso oficial puede mezclarse con una confusión técnica gravísima.

Los reportes señalan que tres delegados fiduciarios de Banca Afirme, entre ellos Zulema, fueron detenidos y hoy enfrentan un proceso penal por su labor como delegados Fiduciarios. La propia institución ha sostenido que su intervención fue estrictamente la de administrar un patrimonio afecto y ejecutar actos conforme a instrucciones expresas y al marco normativo aplicable.

Un fideicomiso no convierte al fiduciario en dueño ni en beneficiario del patrimonio, la fiduciaria adquiere una responsabilidad y una obligación eminentemente técnica: Custodiar, administrar y ejecutar conforme al acto constitutivo y a instrucciones claras y determinadas. La legislación de la materia obliga al fiduciario a ceñirse a ese mandato y le prohíbe actuar fuera de él y le faculta a ejercer su función a través de delegados, que operan como representantes de la institución, no como sujetos con libertad de disposición.

La regla es clara: el banco no decide el destino del proyecto, ni evalúa su conveniencia política o económica; solamente cuida el patrimonio que le entregan, lo administra conforme a los fines pactados y ejecuta solo aquello que le es expresamente instruido; esa es su función y también su límite.

Nadie discute que un fiduciario puede incurrir en responsabilidad si actúa fuera de sus facultades o si participa dolosamente en un ilícito. Esa posibilidad existe y debe investigarse cuando hay indicios serios. Pero justamente por eso el estándar de imputación debe ser más exigente, no más laxo. Si la autoridad pretende convertir en delito la ejecución de actos que, según la información disponible, forman parte del cumplimiento ordinario de un mandato técnico, tiene la obligación de explicar con rigor en qué consiste el salto entre una cosa y la otra. Debe identificar el acto específico, la desviación concreta y el elemento subjetivo que lo vuelve penalmente reprochable.

Cuando ese puente argumentativo se omite, lo que se produce es mucho más grave que un simple error técnico pues se abre la puerta a la criminalización del trabajo digno. Hoy se culpabiliza al fiduciario que ejecuta y cumple instrucciones; ya se detuvo al abogado que promovió un amparo incómodo, al periodista que publicó información sensible y el servidor financiero que procesa una operación controvertida. El patrón es reconocible: se toma una actividad legítima, se la reinterpreta bajo una narrativa de sospecha y se sustituye la necesidad de prueba por la conveniencia de exhibición. Así, el proceso penal deja de ser un mecanismo de esclarecimiento y se convierte en un instrumento de presión al que estamos sujetos TODOS los ciudadanos.

Lo verdaderamente inquietante es que esta lógica presenta cada caso como excepcional, técnico y distante. La complejidad del fideicomiso, la opacidad de los contratos o la dificultad del lenguaje jurídico facilitan que la discusión se simplifique en términos de culpables y castigos inmediatos. En ese terreno, el abuso se normaliza con rapidez. Primero como reacción frente a un caso polémico, después como práctica reiterada.

Cuando la excepción se repite lo suficiente, deja de percibirse como tal y comienza a operar como regla. Ahí es donde el problema deja de ser de unos cuantos expedientes y se convierte en un deterioro estructural de las garantías que, tarde o temprano, alcanzará a cualquiera.

Hay además un costo que suele subestimarse por parecer abstracto y que, sin embargo, termina por ser brutalmente concreto. Un país donde el derecho penal se vuelve un arma impredecible, selectiva y funcional a la coyuntura política destruye dos bienes escasos que tardan décadas en construirse: confianza y responsabilidad.

Confianza, porque nadie invierte, informa, litiga, administra, trabaja o coopera con la autoridad con serenidad cuando percibe que el tipo penal puede estirarse a conveniencia del momento.

Responsabilidad, porque la cultura pública se acostumbra a pedir castigo antes que explicación, humillación antes que prueba y ejemplaridad antes que justicia.

Tocqueville vio con lucidez que la libertad política depende de hábitos cívicos capaces de contener la pasión del poder y que el deterioro institucional empieza cuando las categorías jurídicas dejan de describir la realidad y comienzan a servir a la fabricación interesada de relatos.

México se asoma a ese punto cada vez que una fiscalía, un juez, un gobierno o una masa digital trata el proceso como un escenario de expiación anticipada. Quien crea que esta enfermedad sólo afecta a personajes impopulares o expedientes ajenos todavía no comprende la naturaleza del precedente.

Cuando las garantías dejan de valer para el incómodo, ya han empezado a dejar de valer para todos y el único que gana es la impunidad.

«La injusticia en cualquier lugar es una amenaza para la justicia en todas partes.» — Martin Luther King Jr.

Acerca de misionpo 22187 Articles
Noticias nacionales e internacionales. Investigación y reflexión política.