Ya se envió la Iniciativa de Reforma Electoral

En 62 páginas útiles, la Secretsaría de Gobernación y la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República hicieron pública la entrega de la iniciativa de rforma eleectoral de la presidenta Claudia Sheinbaum que, en sus artículos transitorios, urge al Congreso de la Unjón su aprobación antes del 15 de mayor del presente año.

En virtud de que la iniciativa fue enviada de manera encruiptada y al carecer de las herramientas para trasladarla al texto, trabajamos para tenerla y enviarla a nuestros lectores.

Lo importante: ya está la iniciatva en la Cámara de Diputados.

Principales cambios propuestos:

  1. Integración del Congreso:

Senado de la República: Se reduce la integración a 96 senadurías, derogando las 32 que se asignaban por el principio de representación proporcional. Se elegirán dos senadores por el principio de mayoría relativa y uno asignado a la primera minoría en cada Estado y en la Ciudad de México.

Cámara de Diputados: Se mantiene en 500 diputaciones (300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional), pero modifica drásticamente la forma de asignar las 200 plurinominales. Estas se distribuirán de la siguiente manera:

*100 escaños para las personas que, sin haber obtenido el triunfo en su distrito, lograron los mejores porcentajes de votación (ordenados de manera decreciente).

*100 escaños por votación directa en cinco circunscripciones regionales, en donde se integrarán también las diputaciones electas por ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.

Legisladores migrantes: Para que las personas mexicanas residentes en el extranjero puedan ser diputadas o senadoras, deberán acreditar tener una residencia efectiva de más de tres años fuera del territorio nacional.

  1. Financiamiento de Partidos Políticos y Fiscalización

Reducción del financiamiento público: Se ajusta a la baja la fórmula para el sostenimiento de actividades ordinarias de los partidos, multiplicando el número de ciudadanos en el padrón electoral por el 48.75% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en contraste con porcentajes mayores anteriores.

Aportaciones privadas electrónicas: Quedan prohibidas las aportaciones en efectivo. Toda aportación privada monetaria deberá realizarse mediante transferencias electrónicas (como el SPEI) o instrumentos financieros nominativos, y estas no serán deducibles de impuestos.

  1. Inteligencia Artificial y Tecnologías de la Información

Etiquetado obligatorio de IA: Todo contenido electoral que sea creado, alterado o modificado mediante el uso de Inteligencia Artificial (o cualquier otra tecnología) deberá estar obligatoriamente etiquetado por su emisor para su clara identificación.

Responsabilidad de plataformas: Las personas concesionarias de radio y televisión, así como las plataformas de servicios digitales, tendrán la responsabilidad de identificar, evitar la difusión y advertir sobre el contenido que carezca del etiquetado de IA.

Voto electrónico: Se permite incluir el uso de tecnologías de la información y la comunicación para la emisión del voto en las consultas populares.

  1. Reducción de Tiempos Oficiales en Medios

El tiempo disponible para el Instituto Nacional Electoral en radio y televisión durante los periodos de campañas electorales se reduce, pasando a ser de 35 minutos diarios.

  1. Participación Ciudadana, Acciones Afirmativas y Antinepotismo

Acciones afirmativas: En la selección de candidaturas, se garantizarán acciones afirmativas a favor de grupos históricamente subrepresentados, como personas con discapacidad, jóvenes, mujeres, migrantes, pueblos indígenas y afromexicanos.

Prohibición de nepotismo: Entre los objetivos de la reforma se plantea establecer la prohibición expresa para que ningún funcionario pueda dejar en su lugar a un familiar de manera consecutiva.

Democracia Directa: Se promoverá la discusión pública informada en las consultas populares y se prohíbe la contratación de propaganda en radio, televisión y otras plataformas masivas con el fin de influir en las preferencias ciudadanas sobre dichas consultas. Los resultados de estos mecanismos serán vinculantes cuando la participación sea de al menos el 40% de la ciudadanía inscrita en la lista nomina

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