POR MTRO. LUIS ARMANDO CARRANZA CAMARENA
Ciudad de México, 25 de noviembre de 2025 – En un paso significativo hacia la modernización del comercio exterior, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó hoy, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, promulgado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. Esta actualización, modifica 65 artículos, incorpora 44 nuevos y elimina 9, y entrará en vigor el 1 de enero de 2026, alineándose con el Paquete Económico 2026. De igual forma, responde a presiones globales como el nearshoring y las tensiones comerciales internacionales. Sin duda, el objetivo central es fortalecer la fiscalización, reducir la evasión fiscal y adaptar el sistema aduanero a tecnologías digitales, sin introducir nuevos impuestos.
Antecedentes: Un Contexto de Desafíos y Oportunidades
La Ley Aduanera, originalmente promulgada en 1995 y reformada en múltiples ocasiones, ha regulado el despacho de mercancías y el control aduanero en México durante décadas. Sin embargo, ante un volumen de importaciones que supera los 500 mil millones de dólares anuales y omisiones fiscales estimadas en más de 100 mil millones de pesos por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), se hacía imperativa una revisión profunda. Prácticas como la subvaluación de mercancías y el «huachicol fiscal» han erosionado la recaudación, mientras que el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) exige mayor transparencia en el capítulo 7 para combatir dichas irregularidades.
La administración actual, iniciada en octubre de 2024, priorizó esta reforma para posicionar a México como un hub logístico regional, aprovechando el auge del nearshoring post-pandemia. Esta iniciativa se gestó en un entorno de escándalos fiscales, con el Senado aprobando la minuta el 17 de octubre de 2025, tras un debate intenso en la Cámara de Diputados. Esta medida se complementa con el Código Fiscal de la Federación y la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), incorporando principios de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para facilitar el comercio mediante digitalización.
Cambios Clave: Hacia una Aduana Digital y Más Estricta
La reforma introduce modificaciones estructurales enfocadas en cuatro áreas principales:
Digitalización y Tecnología: Se adiciona el artículo 6 para permitir convenios con la Agencia de Transformación Digital, promoviendo el análisis de datos. Artículos como el 10, 14 y 36-A exigen sistemas electrónicos para el control de inventarios, videovigilancia y trazabilidad en tiempo real, interoperables con el Portal Único de Comercio Exterior (PUCE). Esto representa un avance hacia un modelo «aduana 4.0», eliminando papeleo físico y habilitando alertas automáticas por anomalías.
1.- Responsabilidades de Actores: El artículo 53 extiende la responsabilidad solidaria para los agentes aduanales por contribuciones omitidas, en tanto, el 54 obliga a verificar regulaciones no arancelarias (NORs). Las patentes de agentes se extienden a 20 años prorrogables, con certificaciones trienales y exámenes psicotécnicos (artículo 159). Se crea un expediente electrónico ampliado (artículo 59), incluyendo transferencias bancarias, y se adicionan causales de suspensión por incumplimientos fiscales (artículo 164, fracciones X y XI), vinculando patentes al estatus en listados del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
2.- Regímenes y Procedimientos: Se define explícitamente «Régimen Aduanero» (artículo 2, fracción XXII). Los regímenes temporales extienden plazos para embarcaciones y aviones hasta 10 años (artículo 106), y se incorporan garantías vía cartas de crédito (artículo 86-A). Procedimientos para paquetería se simplifican (artículo 88 bis), con notificaciones electrónicas obligatorias en depósitos fiscales.
3.- Facultades y Sanciones: El artículo 144 amplía poderes para dictámenes periciales y videograbaciones. Se establece el Consejo Aduanero (artículo 159 bis) para supervisar autorizaciones, y las multas aumentan hasta el 300% por omisiones (artículo 178), con cancelaciones por reincidencia.
Estas alteraciones, aprobadas tras discusiones en comisiones, buscan alinear la ley con estándares internacionales, como el Marco SAFE de la OMA.
Alcance: Impacto en Actores y Procesos
El decreto afecta a todos los participantes en un comercio exterior valuado en 1 billón de dólares anuales, con más de 5 millones de pedimentos procesados. Importadores y exportadores deben implementar sistemas automatizados de inventarios, lo que podría elevar costos de cumplimiento en 5-10% para pequeñas y medianas empresas (pymes), según la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin). Los agentes aduanales, aproximadamente 1,000 activos según la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM), enfrentan mayor escrutinio, con inhabilitaciones por listados fiscales que podrían reducir la competencia y concentrar operaciones en entidades grandes.
La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) gana herramientas digitales para fiscalizar 49 aduanas en tiempo real, impactando despachos, tránsitos y sanciones a nivel nacional, incluyendo puertos y fronteras.
Resultados Esperados: Beneficios y Desafíos
Se proyecta una reducción en la evasión fiscal del 10-15% anual, incrementando la recaudación en 50-100 mil millones de pesos. La eficiencia operativa podría mejorar en 20-30%, facilitando el nearshoring y atrayendo 10-15 mil millones de dólares en inversión extranjera directa para 2026-2030, (según la Secretaría de Economía). Mayor trazabilidad fortalecerá la seguridad contra el contrabando, alineándose con el T-MEC.
Sin embargo, la reforma podría encarecer operaciones: La Asociación Mexicana de Agentes de Carga advierte de impactos en pymes, elevando costos en 10-15%.
Equilibrando Fiscalización y Equidad:
Aunque la reforma representa un avance encomiable en la integración tecnológica y el combate al fraude, plantea riesgos de discrecionalidad administrativa en suspensiones de patentes, potencialmente incrementando litigios y afectando cadenas de suministro.
Para mitigar esto, se sugiere implementar programas de capacitación subsidiados por ANAM y SAT, junto con un periodo de gracia de 12-18 meses para regularizar estatus fiscales. Además, un observatorio independiente podría monitorear impactos en el gremio, asegurando que la profesionalización no derive en un monopolio de facto que limite opciones para usuarios. Esta aproximación equilibrada maximizaría los beneficios sin comprometer la accesibilidad al comercio exterior.
