El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, publicó el viernes una reforma al Código Penal estatal que ha sido tildada de ‘Ley Censura’.
La reforma crea el delito de “ciberasedio” -palabra inexistente-, para “quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emociona”.
(Se advierte una piel suave a la que todos los pinchazos, le penetran. Políticos que ensoberbecidos por el falso poder que detentan, buscar acallar críticas que tienen fundamento).
Es una ley estatal que violenta la libertad de expresión y que a nivel federal se discute cómo regular redes sociales.
En amenaza clara, la ley establece de 11 meses a tres años de cárcel.
Artículo 19 y Red de Periodistas Puebla consideraron que la reforma es un riesgo para la libertad de expresión, ya que el ejercicio de este derecho incluye discursos que pueden “ofender, insultar” .
Las organizaciones sostienen que otros delitos propuestos en la reforma contienen definiciones que son amplias y carecen de conocimiento técnico. Por ejemplo, el Artículo 479 en materia de espionaje digital simplemente indica que es quien “que se introduzca a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legal y legítimo titular”.
Por su parte, el propuesto Artículo 258 Ter establece que comete el delito de usurpación de identidad “[…] quien utilizando tecnologías de información obtiene, transfiere, utiliza o se apropia de manera indebida, de los datos personales de otra sin la autorización de ésta última”.
Según Artículo 19, estos delitos fallan en el principio de taxatividad del derecho penal al ser amplios o carentes de definiciones exactas, además de que utilizan palabras que pueden criminalizar el ejercicio periodístico.
