La Nueva Ley de Obras Públicas Requiere Revisión de Retrocesos

A la Vuelta de la Esquina

IVÁN RUIZ FLORES

Hay varios aciertos. Indiscutiblemente los hay, pero…

¡Cuidado! es la advertencia lanzada por los expertos en la materia, tras la reforma a la ley de Obras Públicas (ya publicada el pasado 16 de abril).

¡Cuidado! repiten ante “los retrocesos preocupantes” que se observan, ya que “se amplía el régimen de excepción para las Fuerzas Armadas; persisten fallas en planeación y se permite contratar sin suficiencia presupuestaria; y se limita la fiscalización al elevar el umbral para testigos sociales”.

Son los especialistas de México Evalúa, institución que reconoce que, en la mencionada reforma se tomaron en cuenta sus propuestas y las de organizaciones aliadas en un “Proyecto de Ley Modelo” realizado en 2020, pero… “recomienda eliminar privilegios para las Fuerzas Armadas, fortalecer la planeación y fiscalización, capacitar a unidades compradoras, ampliar la vigilancia ciudadana y crear un organismo técnico de control para asegurar obras públicas íntegras y transparentes”.

Sí bien consideran que hay triunfos en la reciente norma, como lo es la Nueva Herramienta para Potenciar la Digitalización de las Contrataciones y la Plataforma Digital planteada en la nueva ley “tiene el potencial para convertirse en una herramienta transaccional robusta”; y hay mejoras en Ejecución y Supervisión, también existen avances parciales, como es una “Mayor Regulación de Adjudicaciones Directas e Invitaciones a Tres sin Reducción en sus Causales”. 

Además, “…por primera vez se definen en la Ley los momentos procedimentales de las Adjudicaciones Directas, que iniciarán con la solicitud de cotización y terminarán con la notificación de adjudicación de contrato (Art. 44 Bis). Esta medida sigue buenas prácticas recomendadas por México Evalúa y antes no estaba especificada en ningún lineamiento. También las invitaciones a tres ya pueden ser impugnables (Art. 83)”.

En fin, hay muchas apreciaciones positivas, pero, en síntesis, la alerta radica en que “la reforma en competencia puede abrir la puerta a nuevos monopolios”. 

Dice que, si bien plantea una nueva autoridad, denominada Comisión Nacional Antimonopolios, ésta tiene “menor independencia que la extinta Cofece, lo que puede debilitar su capacidad de actuar con base técnica y sin presiones políticas”.

DEBILIDAD DE LA

AUTORIDAD

La institución de investigación y análisis advierte que la norma permite “… una autoridad débil frente al poder político”.

“La CNA es la nueva autoridad que reemplazaría a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). Aunque estaría dirigida por un grupo colegiado, sus integrantes serían designados directamente por el presidente, con aprobación del Senado. Esto elimina procesos técnicos de selección como exámenes de conocimientos, lo cual puede debilitar la autonomía del órgano. La independencia técnica es esencial para que esta autoridad actúe con criterios imparciales, sin ceder a intereses políticos o empresariales”.

También refieren que la nueva norma “… permite a los contratistas de las empresas estatales (como Pemex y CFE) quedar fuera de las reglas de competencia, lo que podría favorecer la aparición de nuevos monopolios y dañar a los consumidores”.

La Institución de investigación y análisis advierte que la norma permite “… una autoridad débil frente al poder político”.

Y se permitiría que incluso los contratistas —empresas privadas que trabajan con estas entidades estatales— “también queden fuera de las reglas de competencia si en su proveeduría o demás funciones y actividades de las paraestatales, llevan a cabo esas actividades estratégicas. Esto significa que no se les podría investigar o sancionar por prácticas anticompetitivas, aunque afecten a otros actores del mercado”.

Además, otros riesgos serían…las posibles tensiones comerciales internacionales en lo suscrito por México -como el T-MEC-, ya que… “el país se comprometió a tratar por igual a empresas públicas y privadas”, pero…. “si se permite el régimen de excepción del segundo párrafo del artículo 6to, es decir, que algunas operen sin cumplir las reglas de competencia, se estarían dando ventajas indebidas. Esta situación podría desencadenar reclamos legales por parte de otros países, especialmente en sectores sensibles, como energía o telecomunicaciones”.

NO COLOCAR 

EN SACO ROTO

En fin, que desde México Evalúa, hacen un respetuoso llamado al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal para que corrijan las debilidades que contiene la nueva ley de Obras Públicas “y aseguren que el nuevo marco legal en competencia sirva efectivamente al bienestar de los consumidores y a un crecimiento económico incluyente.

Proponen:

“Revisar el objetivo de la ley (artículo 1) para integrar, además de la eficiencia económica, la protección de los derechos de: emprender, de los consumidores y de competir. 

Eliminar el segundo párrafo del artículo 6 de la propuesta de ley que permite que cualquier empresa o persona quede fuera de las reglas de competencia si realiza actividades consideradas estratégicas, aunque no sea una empresa del Estado. Esto va más allá de lo que permite la Constitución en su artículo 28.

Fortalecer la independencia de la CNA (artículo 14) con base en ajustes a los mecanismos de selección de perfiles y al proceso de designación de los comisionados de la CNA. Asimismo, la CNA deberá contar con un servicio profesional de carrera.

Modernizar el marco jurídico relativo a las acciones colectivas (artículo 134)  para que en armonía con el de competencia económica, garantice su uso efectivo como herramienta de resarcimiento para los consumidores.

Ampliar las facultades de opinión de la CNA (artículo 12 fracción XIII) para emitir opiniones técnicas sobre regulaciones, leyes y normas relevantes para la competencia económica sin necesidad de una solicitud formal del Ejecutivo.

Clarificar el rol de la CNA para la actuación de agentes económicos no estatales en sectores económicos relacionados con actividades estratégicas establecidas por mandato constitucional como energía, transporte de carga ferroviario e internet provisto por el Estado. 

“Incorporar criterios adicionales al análisis de concentraciones (artículo 63), como el impacto en empleo, medio ambiente, pluralidad de contenidos, inclusión de pymes y poder de los consumidores, en línea con las nuevas tendencias en prácticas internacionales.

“Eliminar el carácter vinculante de la opinión de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (artículo 142), en los casos que involucren a concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que operen en el mismo mercado y que pudieran limitar el acceso a contenidos plurales para la población. Esto permitirá que la CNA tome decisiones en esta materia con plena independencia técnica.

“Incluir como análisis esencial de la iniciativa de ley su impacto presupuestal considerando los costos para las nuevas funciones que desempeñaría la CNA”.

La moneda está en el aire…

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