Juez federal ordena no publicar el decreto de la reforma judicial en el Diario Oficial

El juez federal Francisco Javier García Contreras, emitió una suspensión provisional en la que prohíbe la publicación del decreto por el que se aprueba la reforma judicial, aprobada por las Cámaras de Senadores y Diputados, así como por 21 Congresos estatales, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el propósito de que la citada reforma no entré en vigor.

La medida cautelar pretende evitar la entrada en vigor de la reforma judicial que prevé la remoción de más de 1,200 ministros, magistrados y jueces para que sus sucesores sean elegidos por voto popular, previa selección de los Poderes Legislativo y Ejecutivo.

Ante el anuncio del presidente Andrés Manuel López Obrador de que hará la publicación del decreto que avala la reforma judicial está previsto para este domingo 15 de septiembre, el juez de la causa ha señalado que la suspensión del proceso legislativo va a estar vigente hasta el próximo 11 de octubre, es decir, hasta después de la toma de protesta de Claudia Sheinbaum.

El día 11 de octubre se celebraría la audiencia incidental para definir si la suspensión se torna definitiva o si la misma es revocada.

La resolución fue dictada a petición de la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, Asociación Civil, de acuerdo con el expediente 1125/2024.

En un primer momento, la medida cautelar se había dictado para impedir la discusión y aprobación de la reforma judicial en el Congreso de la Unión y su envío a los Congresos estatales en caso de que fuera aprobada por senadores y diputados.

Sin embargo, derivado de que la suspensión no fue acatada por el Poder Legislativo y los Congresos de los Estados, la medida cautelar se ha dictado en esta ocasión para evitar su publicación en el Diario Oficial de la Federación y con ello, impedir, su entrada en vigor.

“En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe [ver artículo 135 constitucional], por las autoridades responsables, (la suspensión se dicta para que) el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación”, señala la resolución judicial.

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