INE destaca ‘importante decisión de la Suprema Corte’ en revocación de mandato

En vísperas de que el Consejo General del INE lance la convocatoria para la consulta de revocación de mandato, consejeros del Instituto celebraron la resolución de la Suprema Corte de Justicia en el sentido de que el Instituto tiene autonomía presupuestaria y de decisión en materia electoral y por lo tanto no se les puede imputar responsabilidad alguna o denuncias por ajustar la organización de la consulta al presupuesto que puedan destinar.

La consejera Dania Ravel y el consejero Ciro Murayama celebraron la modificación que hizo el ministro instructor sobre la suspensión que había otorgado el pasado 10 de enero, dentro de la controversia que presentó el INE por la falta de recursos para la organización de la revocación de mandato.

La consejera Dania Ravel escribió en su cuenta de Twitter que “dada la existencia de una denuncia contra integrantes del Consejo General por decisiones relacionadas con la revocación de mandato, la Suprema Corte modificó la suspensión antes decretada para que no se ejecute resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa”.

Por su parte el consejero Ciro Murayama consideró que “el poder judicial apaga las hogueras de linchamiento que encendían los Torquemadas de hoy contra el INE. Importante decisión de la Suprema Corte. Avala que el INE haga la Revocación de mandato con los recursos que tienen. Ello sin consecuencias penales para los consejeros”. 

Este viernes, el Consejo General dará a conocer las reglas y directrices para participar en la Revocación de Mandato a través de la convocatoria para que la consulta se realice el próximo 10 de abril.

Debido a que este 4 de febrero se lanzará la convocatoria para la revocación de mandato, a partir de este mismo viernes y hasta el 10 de abril queda prohibida toda propaganda gubernamental en radio y televisión de cualquier nivel de gobierno.

Terceras personas tampoco pueden contratar tiempos de radio y televisión dirigida a influir en las opiniones de la ciudadanía sobre la revocación de mandato y en los tres días de veda previos a la consulta del 10 de abril, no podrán darse a conocer encuestas, sondeos o estudios de opinión.

Lo anterior según los artículos 33, 34 de la Ley Federal de Revocación de Mandato y el 35 de la Constitución que señalan que solo el Instituto Nacional Electoral podrá hacer difusión imparcial del ejercicio de revocación de mandato.

 

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