El Legislativo Golpea y Agravia a la Constitución y el Ministro Zaldívar lo Avala

Tema Principal

*Toca a la Puerta de la República la Controversia Constitucional

*¿Responsable? La Minuta Senatorial Violatoria de la Constitución

*En Plena Vista Gorda: Sánchez Cordero y Scherer Ibarra

*Y en Esta Temporada Aciaga, la Lluvia de Amparos Está Latente

*También hay Posibilidad de que se Presenten Denuncias

*Cerrada con Siete Llaves la Norma Antirreleccionista ¿o no?

*Cuando Llegó un Gobernador por Mandato del Congreso Local

*El Caso Bonilla Otro Intento Tras el Arribo de los Minigobiernos

Por Jesús Michel Narváez

Los diputados confirmaron la violación constitucional y asestaron el mayor agravio de que se tenga memoria a la Norma Jurídica que rige los destinos del país. Votaron la ampliación del periodo como ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Aunque se esperaba una reacción de rechazo a la ampliación de mandato, el ministro Zaldívar emitió una carta en la que acepta la modificación y anuncia que “ejerceré el cargo de Presidente de la SCJN y del CFJ por el periodo para el cual fui electo por mis pares y estaré a la determinación de la SCJN respecto del precepto en cuestión. Reitero que seguirá cumpliendo con mi compromiso con la justicia que he defendido durante toda mi trayectoria…”.

Implica que se someterá a la decisión de los ministros en cuando sean presentadas, si es que alguien se atreve a estas alturas, las controversias constitucionales por la violación al artículo 97 de la Constitución.

El laboratorio está en marcha con un destino: 2024.

Ilegal.

Inconstitucional.

Inviable.

Son las íes que abrazan la ampliación del mandato de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea como ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia.

Ilegal, porque la incorporación del transitorio decimotercero en la reforma a la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia no fue publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República y porque no fue incluido en el dictamen de las comisiones correspondientes.

Inconstitucional, porque ninguna ley secundaria puede estar por encima de la Constitución y este es el caso. La claridad del artículo 97 de la Carta Magna no deja lugar a interpretaciones.

Inviable, porque de aprobarse en sus términos la minuta senatorial, Zaldívar estaría no solamente violentando el espíritu constitucional sino el tiempo para el que fue elegido como ministro de la Suprema Corte. La fecha fatal para decir adiós a su nombramiento es el 31 de diciembre de 2022. ¿Cómo podría ampliar su presidencia hasta el 24 si ya no será ministro en funciones?

Dos personajes jugaron -o juegan- papel fundamental en la pretendida ampliación de Zaldívar como ministro presidente de la Corte: Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación y ministra en retiro y Julio Scherer Ibarra, consejero jurídico de la Presidencia de la República. Ambos saben las limitantes. Los dos conocen la Constitución -o deberían- y el par entiende que si el plazo para ejercer las funciones de ministro de la Corte finaliza el próximo año ¿de dónde sacaron el argumento de que se puede ampliar su presencia en el Poder Judicial de la Federación 2 años más?

Al aprobarse por los Diputados la minuta senatorial y no entender que violan la Constitución, la legalidad y avalan la inviabilidad, habrá controversia constitucional.

Hay tres formas de presentarlas: la tercera parte de los senadores -que representarían a la ciudadanía-, la tercera parte de los diputados y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos -improbable por quien la preside- y la Corte tendría que aceptarlas.

Otra posibilidad es que los ministros que pudieran tener interés en ser presidente la Corte se ampararan. Nada fácil pero tampoco imposible.

En el cisma que registra la Suprema Corte de Justicia de la Nación surgirán los amparos, con toda seguridad, de jueces y magistrados que aspiran a tener un asiento en el Consejo de la Judicatura Federal, el máximo órgano de decisiones en el Poder Judicial, porque con la ampliación de 2 años más a los actuales, se frena la posibilidad de alcanzar el cargo.

Los congresistas podrían ser denunciados por avalar conscientemente una transgresión a la Constitución. No se ha dado en la historia moderna de México, una violación de este género.

UN LABORTARIO QUE FRACASÓ ANTES

Aunque el presidente de la República reiteradamente sostiene que no “me reelegiré” y que en 2024 se retirará totalmente de la política, vivirá en su finca ubicada en Palenque y dedicará su tiempo a escribir dos libros: uno sobre el conservadurismo de México y otro de Donald Trump, la modificación a una ley mediante un transitorio -cuya definición es justamente temporal- podría aplicarse en el artículo 83 que en su parte fundamental señala:

ARTICULO 83. -El Presidente entrará a ejercer su encargo, el primero de diciembre; durará en él seis años y nunca podrá ser reelecto para el período inmediato.

Se advierte una ventana que nadie ha abierto: … para el periodo inmediato.

Sin embargo, tampoco nadie tiene la llave que abra el candado y dejar sin efecto la norma antirreleccionista por la cual estalló la Revolución Mexicana y con excepción de la reforma promovida por Plutarco Elías Calles para satisfacer las ambiciones de su jefe, Álvaro Obregón y que permitió la “reelección por esta única vez”, la norma ha sido respetada.

Por supuesto, las tentaciones de mantenerse en el poder no son solamente del actual presidente. Carlos Salinas de Gortari lo intentó mediante la pretensión de Gonzalo Martínez Corbalá en la elección de 1992 para el estado de San Luis Potosí.

El diplomático, reconocido internacionalmente por dar refugio a miles de chilenos perseguidos por el triunvirato que derrocó a Salvador Allende el 11 de septiembre de 1973, se convirtió en gobernador por mandato del Congreso Local y para cubrir un lapso de 18 meses, por lo cual tendría que convocar a nuevas elecciones. Martínez Corbalá sustituyó a Fausto Zapata quien había ganado los comicios constitucionales pero su triunfo jamás fue reconocido por la oposición encabezada por Salvador Nava y le impidió el acceso a palacio de gobierno. Zapata solicitó licencia y se la concedieron.

La Constitución establece en su artículo 116, numeral I, párrafo tercero: Los gobernadores de los Estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni aun con el carácter de interinos, provisionales, sustitutos o encargados del despacho. La limitante: Nunca podrán ser electos para el período inmediato.

Sin embargo, Martínez Corbalá pretendió ser candidato en las elecciones a las que convocó y ello produjo la interposición de controversias constitucionales que finalmente derrotaron las ambiciones del potosino.

EL CASO BONILLA, OTRO INTENTO

Baja California junto con Veracruz fueron estados que tuvieron gobiernos por 2 años. La búsqueda de empatar con los comicios federales, provocaron los minigobiernos. En Veracruz, se realizaron los comicios en 2016 y correspondió a Miguel Ángel Yunes Linares cubrir los dos años siguientes. En Baja California, los comicios se llevaron a cabo en 2018. Ganó Jaime Bonilla Valdez y destronó al PAN que gobernó desde 1989 con Ernesto Ruffo como primer gobernador de la oposición.

No obstante ser público el lapso para el cual sería elegido el nuevo gobernador, el triunfador realizó cambios a la Constitución y a las leyes electorales para ampliar su mandato y completar los seis años.

Aunque estatalmente no tuvo problemas para hacer las modificaciones, las oposiciones presentaron controversias constitucionales en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presidida por Arturo Zaldívar y el 10 de mayo de 2020, por votación unánime de los 11 ministros, se declaró inconstitucional la ampliación de mandato.

Durante su participación en el Pleno, Zaldívar dijo: “Cuando los ciudadanos votamos no lo hacemos en blanco, lo hacemos por un periodo y cargo específico”.

En su calidad de ministro presidente y ya en su segundo mandato -cada dos años se realiza la designación-, arremetió contra quienes avalaron la iniciativa del gobernador Bonilla.

Dijo: “La legislatura local fraguó un gran fraude a la Constitución”.

El experimento de laboratorio fracasó de nueva cuenta.

¿LA TERCERA ES LA VENCIDA?

Arturo Zaldívar ha sido, hasta ahora, un defensor del constitucionalismo y ha actuado anteponiendo los intereses nacionales a los particulares.

Sin embargo, desde el arribo del actual gobierno ha mostrado ciertas “simpatías” y, aunque al Poder Judicial de la Federación le está prohibido legislar, fue parte fundamental en la iniciativa que pretende cambiar el “sistema de administración de justicia”.

La propuesta del senador promovente del transitorio, Raúl Bolaños Cacho Cué (PVEM) refirió que la inclusión del artículo decimotercero presentada tiene como propósito que sea la actual administración de la SCJN la que deba dar correcta implementación de la reforma que ellos mismos construyeron desde las entrañas de la Suprema Corte.

Conocido el tema, el ministro presidente envió, el 13 de abril, este mensaje desde su cuenta personal de Twitter: “el tránsito del modelo al de precedentes suponer el cambio más trascendente al sistema de jurisprudencia en toda la historia de la SCJN. La Undécima Época de la SJF será la de eficacia viva de todos los derechos para todas las personas”.

Desde entonces permaneció en silencio… hasta la mañana del 23 cuando hizo circular una carta en la que acepta, porque se lo mandata el Legislativo, la ampliación de su presidencia y, anuncia que se someterá a la decisión de sus pares.

Su silencio contrastó con las voces críticas que le pedían tener dignidad y rechazar la ampliación de dos años más como presidente de la Corte. “De no hacerlo, será cómplice de la mayor atrocidad vista y vivida en el país”, publicaron usuarios de las redes sociales.

Para el presidente López, el ministro Arturo Zaldívar “es garantía de que esos cambios se van a llevar a la práctica, se van a realizar, es fundamental la reforma del poder judicial”.

Descalificó a los otros 10 ministros. “Es una falta de respeto”, comentaría a Misión Política el magistrado Horacio Armando Hernández Orozco.

La legisladora por Morena, Lorena Villavicencio, integrante de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, dijo a este semanario que el transito es “inconstitucional” y que votó en contra de su aprobación, mientras el diputado federal PAN José Elías Lixa sostuvo que es una aberración la modificación y que su grupo parlamentario emitió sus votos en contra.

El experimento está en marcha.

¿La tercera es la vencida?

 


Artículo 97. Las Magistradas y los Magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito serán nombrados y adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal, con base en criterios objetivos y de acuerdo a los requisitos y procedimientos que establezcan las disposiciones aplicables. Durarán seis años en el ejercicio de su encargo, al término de los cuales, si fueran ratificados, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley.

Párrafo reformado DOF 11-03-2021

El ingreso, formación y permanencia de las Magistradas y los Magistrados de Circuito, las Juezas y los Jueces de Distrito, y demás personal de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, se sujetarán a la regulación establecida en las disposiciones aplicables.

Párafo adicionado DOF 11-03-2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá solicitar al Consejo de la Judicatura Federal que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal.

Párrafo reformado DOF 10-06-2011

La Suprema Corte de Justicia nombrará y removerá a sus secretarios, secretarias y demás funcionarios y empleados. El nombramiento y remoción de las funcionarias, los funcionarios y empleados de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, se realizará conforme a lo que establezcan las disposiciones aplicables.

Párrafo reformado DOF 11-03-2021

Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior.

Cada Ministro de la Suprema Corte de Justicia, al entrar a ejercer su encargo, protestará ante el Senado, en la siguiente forma:

Presidente: “¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se os ha conferido y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?”

Ministro: “Sí protesto”

Presidente: “Si no lo hiciereis así, la Nación os lo demande”.

Los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito protestarán ante la Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura Federal.


 

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