Existen varios mitos alrededor de la recién aprobada Ley del Banco de México, ideas que se han encargado de difundir quienes seguramente no han leído el contenido o que se encuentran molestos con que este gobierno realice reformas profundas a favor de los más necesitados.
- Mucho se ha hablado de que la Ley de Banxico obliga a la institución a comprar dólares captados por la banca que no puedan ser repatriados y una serie de complicaciones que podrían colocar a México en riesgo con autoridades del exterior, en fin toda una historia digna de una película.
- Sin embargo, esto dista de ser real porque se fija una facultad del Banco de México de considerar como parte de la reserva los billetes y monedas metálicas extranjeros, captados por las instituciones de crédito y, tratándose de los montos que no pueden repatriarse, le otorga una obligación de comprar a cargo del Banco de México.
- No obstante, se establecen condiciones para que Banxico realice lo anterior, donde los montos y modalidades los debe determinar la Ley de Instituciones de Crédito, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Con ello, no se llega a afectar las funciones operativas del Banco de México ni promueve operaciones de alto riesgo que pueden comprometer la disponibilidad de los activos internacionales en reserva y el cumplimiento del mandato constitucional de preservar el valor adquisitivo de la moneda nacional.
- Además, le corresponde al Banco de México emitir normatividad complementaria para blindar la preservación del valor adquisitivo de la moneda.
- En el remoto caso de que autoridades extranjeras restrinjan a México llevar a cabo transacciones en sus jurisdicciones, el Gobierno mexicano celebraría con dichos países los convenios correspondientes a efecto de llegar a un acuerdo mutuo que satisfaga la seguridad financiera de ambos países y así no se vean afectados ni las relaciones multilaterales ni los sistemas financieros en cuestión.