México reconoce Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU

El gobierno de México firmó una Declaración para reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada (CED, por sus siglas en inglés) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con la finalidad de que familiares de víctimas de desaparición forzada accedan a vías adicionales de justicia internacional para que sus casos sean analizados.

Con ello, el gobierno mexicano recibirá y examinará las comunicaciones presentadas por personas que se encuentran bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, una demanda que habían solicitado familiares de personas desaparecidas en México.

El pasado 2 de octubre, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la Misión Permanente de México ante la ONU, envió el escrito firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador a la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la organización mundial, después de ser aprobado por el Senado de la República.

El gobierno federal detalló que si bien, México formaba parte de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas desde 2010, el Estado mexicano no había reconocido la aceptación para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentran bajo su jurisdicción o en nombre de ellas.

El canciller Marcelo Ebrard Casaubón consideró la acción como un hito en la política exterior y de respeto a los derechos humanos, ya que es la primera vez que se aceptarán recomendaciones, comentarios y observaciones internacionales para el esclarecimiento de posibles desapariciones forzadas.

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones, adoptada el 20 de diciembre de 2006 y vigente para México desde el 23 de diciembre de 2010, es el primer instrumento internacional que contempla de manera integral aspectos como el derecho a la reparación.

Precisó que la Convención cuenta con un Comité contra la Desaparición Forzada, establecido al amparo del Artículo 26, el cual está integrado por 10 expertos de gran integridad moral, reconocida competencia en materia de derechos humanos, independientes, que ejercen sus funciones a título personal y actúan con total imparcialidad.

El Comité, indicó, examina los informes relativos a las medidas adoptadas por los Estados Parte para cumplir con la Convención y formula los comentarios, observaciones o recomendaciones que considera apropiados.