Feminicidios a Galope y Gobiernos a Trote

De Carrerita…

Por Nidia Marín

Con los casos de Ingrid y Fátima queda comprobado que la sensibilidad social no es lo suyo en este gobierno, sea en la Presidencia de la República o en el gobierno capitalino.

En ambos sitios, eluden hasta donde pueden hablar de los feminicidios y de los casos de infantes abusados.

Esa falta de sensibilidad social fue comprobada por los mexicanos cuando el mandatario eludió el problema fundamental de falta de resultados, al acusar “al neoliberalismo” del asunto.

Lo mismo sucedió con la Jefe de Gobierno al eludir hablar del asunto, hasta que el mismo le tronó en las manos.

Y qué decir de los alcaldes de Xochimilco, José Carlos Acosta y de Tláhuac, Eduardo Martínez Vite, así como las oficinas de las fiscalías locales que, pareciera, están peor hoy que en otros tiempos no tan lejanos.

Estos personajes, todo indica, no cumplieron con la coordinación a que están obligados de acuerdo con Ley Orgánica De Alcaldías de la Ciudad de México que indica en su inciso número XII. “Coordinación: Acciones implementadas por los Servidores Públicos de la alcaldía de manera conjunta con autoridades federales o del gobierno local, a fin de dar cumplimiento a las obligaciones, facultades y atribuciones que otorga la Constitución Local y demás normatividad vigente”.

Además, de acuerdo al artículo 61 las atribuciones de los titulares de las Alcaldías, en forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad en materia de seguridad ciudadana y protección civil, son:

“I. Ejecutar las políticas de seguridad ciudadana en la demarcación territorial, de conformidad con la ley de la materia;

“II. En materia de seguridad ciudadana podrá realizar funciones de proximidad vecinal y vigilancia;

“III. Podrá disponer de la fuerza pública básica en tareas de vigilancia. Para tal efecto, el Gobierno de la Ciudad siempre atenderá las solicitudes de las Alcaldías con pleno respeto a los derechos humanos;

“IV. Proponer y opinar previamente ante la Jefatura de Gobierno de la Ciudad, respecto de la designación, desempeño y/o remoción de los mandos policiales que correspondan a la demarcación territorial…”

Es probable que ni siquiera sepan que existe la norma.

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