La Corte en Papel de Contrapeso

Artículo Invitado

*Última Instancia Para Determinar la Constitucionalidad

*La Ley Bonilla y la Ley Garrote en la Antesala

*Interés Social al Constituir Peligrosos Precedentes

*Corregir Excesos Antes de ser Práctica Común

Por Alejandro Zapata Perogordo

Se anticipa que la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación será la última instancia para determinar la constitucionalidad de diversas leyes y reformas que se encuentran en la antesala de impugnación. Así que, seguramente, en los próximos meses estará nuevamente en papel de contrapeso con las consecuentes cargas mediáticas.

Al Poder Judicial de la Federación se le retiró la facultad para intervenir en lo relativo a procesos electorales, ello en virtud de evitar las presiones políticas a las que podía ser sometida, dejándole y fortaleciendo sus atribuciones de tribunal constitucional a efecto de que tuviese la última palabra en relación a la interpretación de la Carta Magna y, con ello, establecer un diseño para procurar que los órganos del Estado ciñan su actuación conforme al marco de la norma suprema.

En últimas fechas aparecen algunos cuerpos legales emitidos dos de ellos por Congresos Locales y uno por el Congreso de la Unión, que por su relevancia y precedentes se tornan propicios para ser objeto de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad, medios de control establecidos para evitar los excesos legislativos.

Me refiero concretamente a la Ley Bonilla de Baja California; la Ley del Garrote en Tabasco y; el contenido de los artículos 227 y 228 de la Ley Federal de Extinción de Dominio. Los tres han causado gran alarma social, sus contenidos se aprecian contrarios a los principios recogidos en el pacto fundamental y, por lo mismo, susceptibles de un escrupuloso análisis de los letrados Ministros que integran la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Cada uno de esos ordenamientos jurídicos tiene lo propio, sin embargo, sus puntos comunes, amen de ser severamente cuestionados por sus contenidos inconstitucionales, consisten en que han despertado un especial interés social al grado del escándalo al constituir peligrosos precedentes.

El silencio que ha guardado la Presidencia de la República indica la conformidad y acuerdo con esas leyes, lo que hace presumir inclusive su participación auspiciando su creación, por lo tanto, suponemos que las impugnaciones vendrán de otras instancias y no por la vía del Consejero Jurídico, de todas formas, recaerá en la Corte nuevamente el papel de corregir excesos antes de que se vuelva una práctica común.

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